Sorteamos la maqueta de una barca de jábega

Ya están a la venta las papeletas para el sorteo de una magnífica maqueta de barca de jábega que se celebrará el próximo 30 de mayo.

El afortunado poseedor de aquella papeleta cuyo número coincida con las tres últimas cifras del número ganador del sorteo de la ONCE del sábado, 30 de mayo de 2015, recibirá esta magnífica maqueta, realizada por el maestro carpintero de ribera Jose Pedro González.

El precio de las papeletas es de 2€ , y el importe íntegro de la recaudación está destinado a la financiación de la nueva barca de jábega ligera, también, que también está siendo realizada por Jose Pedro.

Dirección de contacto en caso de ser agraciado:  aplema@gmail.com (659234742)

Bases del sorteo:

El premio le corresponde al poseedor del boleto cuyo número de serie coincida con las tres últimas cifras del sorteo de la ONCE del día 30 de mayo de 2015. El premiado debe ponerse en contacto con la dirección de email aplema@gmail.com antes del 1 de julio de 2015. El boleto ganador debe estar en buen estado y sin señal alguna de haber sido manipulado. La entrega del premio se realizará en la sede del Club Deportivo La Espaílla, situado en la calle Salvador Allende s/n de El Palo, 29018, Málaga, en la fecha y día previamente acordados. El transporte de la maqueta es responsabilidad del premiado desde el mismo momento de la entrega. Cualquier defecto en la maqueta que esté por encima de lo habitual en este tipo de objetos debe ser notificado por el premiado en el mismo momento de la entrega, para que sea reparado por la organización.
Normativa legal: Según la ley Ley 13/2011 de Regulación del Juego, aquellos sorteos que, con finalidad exclusivamente publicitaria o de promoción de un producto o servicio, y teniendo como única contraprestación el consumo del producto o servicio, sin sobreprecio ni tarificación adicional alguna, ofrecen premios en metálico, especie o servicios, exigiendo, en su caso, la condición de cliente de la entidad objeto de la publicidad o promoción.
Las combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales están excluidas del ámbito de aplicación de la Ley de Regulación del Juego, con excepción de lo establecido en relación al Impuesto sobre actividades de juego, por lo que para su realización no es precisa la obtención de licencia o autorización alguna, ni la realización de comunicación previa a la Dirección General de Ordenación del Juego. Por lo tanto, su realización quedará sometida a las normas generales del derecho mercantil y civil que les puedan resultar de aplicación.

 

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